Boletín RED 10/2026: nuevas obligaciones para las empresas a partir de agosto

Artículos20 de agosto de 2026
La Tesorería General de la Seguridad Social ha publicado el Boletín RED 10/2026, que recoge las novedades del Real Decreto 643/2026, de 29 de julio, publicado en el BOE el 30 de julio de 2026. La norma modifica el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación (Real Decreto 84/1996) y el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (Real Decreto 1415/2004), con efectos desde el 1 de agosto de 2026. En E Advisory explicamos qué cambia para las empresas y qué conviene revisar antes de que empiece a aplicarse.

Qué regula el Real Decreto 643/2026 y cuándo se aplica

Entre las medidas más destacadas se encuentran:

  • La ampliación del plazo para comunicar bajas y variaciones de datos, que pasa de tres a seis días naturales desde que se produce el cese o la modificación correspondiente. El artículo 32.3 del Reglamento General de Afiliación queda redactado para fijar ese nuevo plazo de seis días. La medida recupera, de hecho, el plazo que existía antes de 2015, y responde a una petición del Consejo General de Graduados Sociales para evitar la acumulación de comunicaciones en un espacio de tiempo demasiado breve.
  • La obligación de comunicar el código de ocupación laboral (CNO) de los trabajadores en alta cuyo dato no figure ya registrado en la Seguridad Social. Las empresas dispondrán de un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la norma para realizar esta actualización.
  • El código deberá ajustarse a la Clasificación Nacional de Ocupaciones vigente y reflejar la ocupación única o principal de cada persona trabajadora; según el propio preámbulo de la norma, esta información permitirá elaborar los informes necesarios para el reconocimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación en ocupaciones penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres.

El error más frecuente: dejar el CNO para el último mes del plazo

El plazo de seis meses para comunicar el CNO parece amplio, pero en la práctica la información necesaria suele estar repartida entre varias fuentes dentro de la empresa: RRHH conoce la descripción real del puesto, la asesoría gestiona los datos de afiliación y el proveedor de nóminas administra el campo técnico donde debe incorporarse el código.

Empezar la coordinación entre estas áreas solo cuando queda poco plazo es lo que genera asignaciones hechas con prisa, duplicidades y códigos que no reflejan la ocupación real.


Tres aspectos que conviene revisar ahora

  • Procedimiento interno de comunicación de bajas y variaciones: aunque el plazo se amplía a seis días naturales, conviene revisar el circuito interno de aviso entre RRHH, la asesoría y el Sistema RED para no acumular comunicaciones ni depender del último día del nuevo plazo.
  • Origen de la información para el CNO: identificar qué código de ocupación corresponde a cada persona trabajadora en alta y contrastarlo con la Clasificación Nacional de Ocupaciones vigente, antes de una comunicación masiva.
  • Coordinación entre RRHH, asesoría y nóminas: repartir responsabilidades con antelación evita que la actualización del CNO se resuelva de forma improvisada en los últimos meses del plazo de seis meses.

El enfoque de E Advisory

En E Advisory acompañamos a las empresas en la adaptación a este tipo de cambios normativos en materia de afiliación: revisamos los procedimientos internos de comunicación de bajas y variaciones de datos, y ayudamos a estructurar la asignación del código de ocupación de forma coordinada entre RRHH, asesoría y nóminas.


Revisar antes del plazo: cómo acompañamos esta adaptación

E Advisory es la rama de asesoramiento empresarial y financiero del grupo ECIJA, con presencia en Madrid, Castellón, Pamplona, Sevilla, Valencia, Zaragoza, Bogotá y Santiago de Chile. Trabajamos con medianas y grandes empresas, grupos industriales e inversores que afrontan decisiones complejas en el ámbito fiscal, financiero y de reestructuración.

Si quieres adaptar los procedimientos internos de tu empresa a estas nuevas obligaciones, contacta con nuestro equipo.


Preguntas frecuentes sobre el Boletín RED 10/2026

¿Desde cuándo se aplica el nuevo plazo de seis días para comunicar bajas y variaciones?

Desde el 1 de agosto de 2026, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 643/2026. Antes de esta norma, el plazo era de tres días naturales desde el cese o la variación correspondiente.

¿Qué empresas deben comunicar el código de ocupación (CNO)?

Todas las empresas con personas trabajadoras en alta cuyo código de ocupación no conste ya registrado en la Seguridad Social. El plazo para realizar esta comunicación es de seis meses desde la entrada en vigor de la norma.

¿Para qué sirve el dato del código de ocupación?

Según el preámbulo del Real Decreto 643/2026, permitirá a la Seguridad Social elaborar los informes necesarios para determinar futuros coeficientes reductores de la edad de jubilación en ocupaciones consideradas penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres.

¿Qué pasa si una empresa no comunica el CNO dentro del plazo de seis meses?

El Boletín RED 10/2026 y el Real Decreto 643/2026 establecen la obligación y el plazo, pero conviene consultar las instrucciones específicas que publique la Tesorería General de la Seguridad Social antes de realizar comunicaciones masivas, ya que pueden matizar el procedimiento y sus consecuencias.

¿Cómo puede ayudar E Advisory con esta adaptación?

Revisamos el circuito interno de comunicación de bajas y variaciones de datos, y coordinamos con RRHH, asesoría y nóminas la identificación y comunicación del código de ocupación de cada persona trabajadora, evitando duplicidades y asignaciones de última hora.



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